jueves, 1 de junio de 2017

Requisitos legales de las parejas de hecho

Requisitos legales de una pareja de hecho 


 Será necesario en estos casos tomar medidas, como mínimo, en relación a la guarda y custodia de los hijos, a la vivienda común y a las pensiones de los ex convivientes e hijos. Es posible que se hayan fijado determinadas medidas en los pactos establecidos por las partes cuando se hayan constituido la unión registralmente. Los pactos también pueden ser verbales, pero en este segundo caso la dificultad radica en probar lo pactado. En las uniones de hecho cuando hay una ruptura, no existirá un único proceso en el que se adoptarán conjuntamente las medidas mencionadas sino que será necesario acudir a procedimientos judiciales separados. Esto no será necesario, claro está, cuando exista mutuo acuerdo en relación a las medidas que regulen la separación de la pareja.


En algunas comunidades, se han habilitado en los ayuntamientos Registros para inscribir la constitución de parejas de hecho y también su disolución. Asimismo los contratos que regularán las relaciones personales y económicas de la pareja.




compromiso


 En algunas comunidades, se han habilitado en los ayuntamientos Registros para inscribir la constitución de parejas de hecho y también su disolución. Asimismo los contratos que regularán las relaciones personales y económicas de la pareja. A la solicitud de inscripción de la pareja, se acompañarán los documentos siguientes.


 1. Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

 2. Certificado de empadronamiento.
 3. Certificado de estado Civil, sentencia de divorcio en caso de ser divorciado.
 4. Declaración jurada relativa los siguientes aspectos:

 * Inexistencia de parentesco entre los miembros de la pareja.

*  No estar inscrito en otra pareja de hecho.
*  Capacidad para emitir el consentimiento.

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